Importancia histórica del personaje José de Obaldía Orejuela.
Estadista panameño, nació en Santiago de Veraguas, el 19 de julio de 1806. Ocupó la presidencia de Colombia en cinco ocasiones: 1851, 1852, 1853, 1854 y 1855. Fue quien propuso el decreto que crea a la provincia de Chiriquí, hecho ocurrido en mayo de 1849 cuando de Obaldía era senador y persona influyente en la política colombiana.
En diversas ocasiones José de Obaldía Orejuela en su carácter de vicepresidente de Colombia ocupó la titularidad del cargo. Con otro ilustre panameño se enfrentó a la dictadura de Melo (1854) y debe recordarse que luchando contra ella fue herido mortalmente en las calles de Bogotá el general Tomás Herrera. En la historia de Colombia se destacan las viriles actuaciones de estos dos istmeños en aquellos aciagos momentos.
El nombre de José de Obaldía Orejuela está vinculado al largo proceso independentista del panameño. En 1831 adhirió al movimiento separatista dirigido por Alzuru. Si bien este acto de reafirmación nacional se desvió para saciar los apetitos políticos de Alzuru, el texto del Acta de Secesión marcaba un punto de ilusión y de referencia del espíritu libre del istmeño.
José de Obaldía Orejuela igualmente respaldó el movimiento autonomista de 1840, que crea el Estado del Istmo con Tomás Herrera a la cabeza y como presidente que fue de la Asamblea Constituyente aprobó y firmó la ley fundamental de dicho Estado.
En 1845, ocupó la gobernación de Panamá. Por sus grandes dotes de orador se le bautizó como «Pico de Oro». En 1849, fue nombrado senador por Veraguas (que incluía el territorio de Chiriquí) oportunidad que aprovechó para proponer el decreto que creó de la provincia de Chiriquí.. Firmó la ley que creó el Estado Federal de Panamá. Se casó con Ana Gallegos, natural de David, Chiriquí, y esto lo vinculó para siempre con esta provincia. Tuvo dos hijos: José Aristides y José Domingo, quien se convirtió en presidente de Panamá de 1908 a 1910.
José de Obaldía Orejuela, perseguido por sus enemigos políticos, estuvo exiliado en Heredia, Costa Rica (1869-1973), donde ejerció el magisterio. Falleció en David, el 28 de diciembre de 1889.
Decreto del 26 de mayo de 1849 que crea la Provincia de Chiriquí
El Senado y la Cámara de Representantes de la Nueva Granada, reunidos en congreso, decretan:
Artículo 1º. Se crea una Provincia compuesta del Cantón de Santiago, y otra compuesta del Cantón de Alanje. La primera se denominará Provincia de Veraguas, su capital, la ciudad de Santiago; y la segunda de Chiriquí, su capital, la Villa de David.
Artículo 2º. Las islas de los océanos Atlántico y Pacífico, correspondientes a la antigua provincia de Veraguas, pertenecerán a la nueva de este nombre, o a la de Chiriquí, según su mayor aproximación a la una o a la otra.
Artículo 3º. El Gobernador de la Provincia de Veraguas gozará del sueldo anual de 12,000 reales; y el de David, de 9,600 reales.
Artículo 4º. La Secretaría de la Gobernación de Veraguas tendrá un secretario, con el sueldo anual de 4,000 reales, y dos oficiales escribientes, con el 1,600 reales cada uno. La secretaría de la gobernación de Chiriquí tendrá un secretario con el sueldo anual de 3,840 reales, y un oficial escribiente, con el de 2,400.
Artículo 5º. La provincia de Chiriquí hará en el presente año la elección de los senadores y representantes que conforme a un censo le correspondan; y la de Veraguas solamente elegirá por ahora un representante para llenar la vacante del que cesa el 15 de octubre.
José I. de Marquez, Presidente del Senado; Mariano Ospina, Presidente de la Cámara. Bogotá, 26 de mayo, 1849.
Artículo 1º. Se crea una Provincia compuesta del Cantón de Santiago, y otra compuesta del Cantón de Alanje. La primera se denominará Provincia de Veraguas, su capital, la ciudad de Santiago; y la segunda de Chiriquí, su capital, la Villa de David.
Artículo 2º. Las islas de los océanos Atlántico y Pacífico, correspondientes a la antigua provincia de Veraguas, pertenecerán a la nueva de este nombre, o a la de Chiriquí, según su mayor aproximación a la una o a la otra.
Artículo 3º. El Gobernador de la Provincia de Veraguas gozará del sueldo anual de 12,000 reales; y el de David, de 9,600 reales.
Artículo 4º. La Secretaría de la Gobernación de Veraguas tendrá un secretario, con el sueldo anual de 4,000 reales, y dos oficiales escribientes, con el 1,600 reales cada uno. La secretaría de la gobernación de Chiriquí tendrá un secretario con el sueldo anual de 3,840 reales, y un oficial escribiente, con el de 2,400.
Artículo 5º. La provincia de Chiriquí hará en el presente año la elección de los senadores y representantes que conforme a un censo le correspondan; y la de Veraguas solamente elegirá por ahora un representante para llenar la vacante del que cesa el 15 de octubre.
José I. de Marquez, Presidente del Senado; Mariano Ospina, Presidente de la Cámara. Bogotá, 26 de mayo, 1849.
A pesar de que en un momento de su vida rechazó la idea del federalismo se unió, empero, a Justo Arosemena para crear el Estado Federal de 1855, siempre ocupando posiciones estelares. La ley de esa nueva entidad, que constituye el esfuerzo institucional más definido sobre la identidad nacional, lleva la firma de José de Obaldía Orejuela porque como vicepresidente encargado del Poder Ejecutivo sancionó dicho documento jurídico (27.2.1855).
En los años preliminares de la década de 1860, José de Obaldía Orejuela fue protagonista de la célebre reunión de chiricanos congregados para discutir sobre el destino del Istmo. El acta consagratoria de aquellas preocupaciones (1861) se atribuye a la pluma del ilustre compatriota y en ella se ratifica la idea de convertir el Istmo en una entidad autónoma. Son dignas de comentarios las inquietudes políticas, culturales, comerciales y cívicas de la época expuestas en el Acta. De Obaldía era el cerebro de esas jornadas patrióticas muy identificadas, por cierto, con cogitaciones semejantes de los veragüenses.
De Obaldía era hombre de ideas liberales y por predicarlas fue enviado al exilio durante muchos años (1869-1876). En Costa Rica vivió su destierro. Ejerció la docencia y la asesoría de los mandatarios del hermano país. José de Obaldía Orejuela falleció en David en diciembre de 1889, dejando una descendencia digna del afecto colectivo.
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